Calendario fiscal 2025
DATOS RELATIVOS A LAS FECHAS DE COBRO DE LOS IMPUESTOS MUNICIPALES Y TASAS DEL EJERCICIO 2025.
Impuestos y tasas | Plazo de período voluntario | Fecha prevista de cobro de recibos domiciliados |
Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica | Del 1 de abril al 31 de diciembre de 2025 | 5 de mayo de 2025 |
Primer plazo Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana | Del 1 de junio al 31 de diciembre de 2025 | 3 de julio de 2025 |
Segundo plazo Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana | Del 1 de junio al 31 de diciembre de 2025 | 3 de diciembre de 2025 |
Tasa servicio de recogida y tratamiento de basuras y residuos sólidos urbanos | Del 1 de junio al 30 de diciembre de 2025 | 30 de junio de 2025 |
Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica | Del 1 de junio al 31 de diciembre de 2025 | 3 de diciembre de 2025 |
Impuesto de Actividades Económicas | Del 1 de junio al 31 de diciembre de 2025 | 3 de diciembre de 2025 |
Sistema de pago fraccionado | Fecha prevista de cobro de recibos |
Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana año 2025 con sistema especial de pagos. | Se mandarán cinco plazos por banco sobre el día 15 de los meses de marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre de 2025. |
Los recibos domiciliados por banco contarán con una bonificación del 5% a excepción de la tasa por prestación del servicios de recogida y tratamiento de basuras y residuos sólidos urbanos.
Los pagos podrán realizarse mediante notificación recibida en el domicilio, realizando en ingreso en cualquiera de las entidades bancarias que se indican a continuación: Caixabank y Eurocaja Rural.
Igualmente se podrán realizar el pago en las dependencias municipales, dentro del período señalado en horario de atención al público, de 10:00 a 14:00 horas, o bien en las oficinas auxiliares de Madrid en C/ Téllez, nº 18, en horario de 9:00 a 13.00 horas, de lunes a viernes, previa petición de cita.
Transcurrido el plazo de período voluntario, se iniciará el procedimiento ejecutivo de apremio, de conformidad con las disposiciones establecidas en el vigente Reglamento General de Recaudación, procediéndose al cobro de las cuotas que no hayan sido satisfechas con el recargo, intereses de demora y costas que proceda.
En caso de tener recibos domiciliados, si ha cambiado de sucursal bancaria o de número de cuenta, deberá comunicar los nuevos datos antes del 15 de marzo para que puedan entrar en vigor en el ejercicio 2025. En el caso de la tasa de basura, para que la domiciliación sea efectiva este año, también será posible comunicar los datos durante el mes de abril. Pasada esta fecha, las domiciliaciones entrarán en vigor para 2026.